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Convenio Nº169 sobre pueblos indígenas y tribales, en Países Independientes 1989. Imprimir

Convenio Nº169 sobre pueblos indígenas y tribales, en Países Independientes 1989. 5a. ed..

San José: Proyecto: Fortalecimiento de la Capacidad de Defensa Legal de los Pueblos Indígenas en América Central (RLA/98/O1M/UNF), 2002. 60 p.

El Convenio núm. 169 es el instrumento de derecho internacional más comprensivo en la materia e intenta salvaguardar, en la legislación y en la práctica, los derechos de los pueblos indígenas y tribales, para que éstos puedan conservar sus culturas e identidad en el contexto de las sociedades nacionales donde viven. Este Convenio, al igual que otros convenios de la OIT, establece derechos mínimos que deben ser respetados y puestos en práctica por los Estados que lo han ratificado.

La presente edición del Convenio 169, ha sido financiada por el Proyecto: Fortalecimiento de la Capacidad de Defensa Legal de los Pueblos Indígenas en América Central (RLA/98/O1M/UNF).

Oficina de Área para Centroamérica, Panamá y la República Dominicana y del Equipo Técnico Multidisciplinario para Centroamérica, Cuba, Haití, México, Panamá y República Dominicana

Descriptores: Convenio de la OIT, pueblo indígena, comunidad indígena, pueblo tribal.

Modificado el ( jueves, 25 de octubre de 2007 )
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